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Fila de liberación de ‘Jana Nayagan’: el Tribunal Superior de Madrás suspende la orden de otorgar el certificado de censura a la estrella de Vijay

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Un fotograma de ‘Jana Nayagan’ | Crédito de la foto: Arreglo especial

Fue un desliz entre la copa y el labio para la muy esperada última película del actor Vijay. Jana Nayagan como juez único del Tribunal Superior de Madrás, el viernes (9 de enero de 2026), ordenó a la Junta Central de Certificación de Películas (CBFC) que emitiera el certificado U/A 16+ de inmediato, pero la primera sala de división del tribunal que escuchó una apelación suspendió la orden a las pocas horas de su pronunciamiento.

El primer tribunal del presidente del Tribunal Supremo, Manindra Mohan Shrivastava, y el juez G. Arul Murugan concedieron la suspensión provisional tras aceptar la solicitud del Procurador Basic Adicional AR.L. Solicitud de Sundaresan de audiencia urgente de la apelación. El Tribunal consideró que el juez único debería haber concedido tiempo a la CBFC para presentar su contradeclaración jurada antes de dictar órdenes sobre la petición de auto presentada por la casa productora.

Cuando se informó al Tribunal de que se requerían órdenes emergentes en la petición judicial ya que KVN Productions LLP había decidido estrenar la película el 9 de enero, el Presidente del Tribunal Supremo dijo: “No se puede crear un falso estado de emergencia y presionar al tribunal para que apruebe órdenes. ¿Cómo se puede seguir adelante con la proyección de la película sin ningún certificado en mano?

Aunque el abogado principal Mukul Rohatgi y Satish Parasaran de la empresa de producción intentaron convencer a la Sala de la División sobre la urgencia del asunto, la Sala del Presidente del Tribunal Supremo estuvo de acuerdo con el Procurador Basic Tushar Mehta, que también representa a CBFC, en que la petición de auto no debería haberse permitido dentro de los dos días posteriores a su presentación y sin darle la oportunidad adecuada a la junta para defenderse.

Anteriormente, el Sr. Sundaresan le dijo al tribunal que la petición de auto se presentó el 6 de enero y se escuchó el mismo día después de que se concediera una moción para el almuerzo. Posteriormente, se ordenó a la CBFC que presentara los registros el 7 de enero cuando el juez único se reservó las órdenes y las dictó el 9 de enero. Dijo que no se le dio oportunidad a la junta de presentar una contradeclaración jurada detallada refutando las afirmaciones hechas por la casa productora.

En su orden sobre la petición de auto, la jueza PT Asha había señalado que un comité examinador de cinco miembros de la CBFC había visto la película el 19 de diciembre de 2025 y todos los miembros le habían recomendado unánimemente la emisión del certificado UA 16+ después de enumerar las escisiones que debían realizarse. Esta decisión fue comunicada a la casa productora el 22 de diciembre.

Los productores aceptaron la recomendación, realizaron todas las escisiones requeridas y volvieron a presentar la versión editada el 24 de diciembre. Posteriormente, el 29 de diciembre se informó a la casa productora que la Junta había decidido emitir el certificado U/A. Sin embargo, el 5 de enero, en un cambio repentino, el director regional de CBFC afirmó que el presidente había decidido remitir la película a un comité de revisión.

Denuncia sobre la representación de las fuerzas armadas

El motivo de la decisión del presidente fue una queja recibida sobre la representación de escenas relacionadas con las fuerzas armadas en la película, pero la ausencia de algún miembro experto en el tema en el comité examinador. Cuando la jueza Asha quiso saber quién period el denunciante, le dijeron que period uno de los cinco miembros del comité examinador que había presentado la denuncia.

Expresando sorpresa, el juez se preguntó cómo pudo el miembro presentar tal denuncia después de que los productores habían llevado a cabo todos los cambios que sugirió después de ver la película. “Por lo tanto, está muy claro que la queja del demandante de que no se le había concedido una oportunidad parece ser una ocurrencia tardía y parece motivada”, escribió la juez en su orden.

También continuó afirmando: “Tal cambio de actitud por parte de un miembro de un comité examinador, que había hecho una recomendación después de ver y asimilar la película, daría lugar a una tendencia peligrosa de miembros a incumplir su recomendación y la santidad otorgada a la decisión del comité examinador de la CBFC quedaría erosionada”.

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